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  • CAS. N° 1741 - 2015 LIMA

    Casación: CAS. N° 1741-2015 LIMA
    Fecha de casación: 03/11/2015
    Fecha de publicación: 30/03/2016
    Página: 75494


    Tema
    Valoración en Aduana.
    Duda Razonable.

    Criterio / Resumen
    SÉTIMO: (…) la Duda Razonable se presenta cuando la Administración Aduanera tiene motivos para dudar de la veracidad o exactitud de los datos o documentos presentados por el importador para sustentar el valor declarado, y en tal caso, se debe seguir un procedimiento que consiste en que la Administración de Aduanas debe comunicar los motivos de duda al importador y otorgar un plazo razonable para responder antes de adoptar una decisión definitiva.

    OCTAVO: En cuanto, a las notificaciones (…), cursadas a la actora, se advierte que con ellas, si bien la Administración Tributaria le requirió la documentación aduanera y comercial sustentatoria; estos formaron parte de la auditoría y fiscalización, sin embargo, no cumplió con comunicar la Duda Razonable que tenía acerca del precio pagado o por pagar de las mercancías consignadas en las Declaraciones Únicas de Aduanas – DUAs.
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