Fecha de casación: 14/04/2015
Fecha de publicación: 02/05/2016
Página: 76440
Tema
Potestad tributaria en materia arancelaria.
Principio de jerarquía normativa.
Criterio / Resumen
Sumilla: Entre los distintos medios de resolución de antinomias normativas, se reconoce pacíficamente que el criterio de jerarquía –que justamente reconoce el artículo 51 de la Constitución Política del Estado- constituye por excelencia la pauta llamada a definir en modo determinante el conflicto entre dos normas, en la medida que éste representa la esencia misma del sistema piramidal o escalonado bajo el cual se encuentra estructurado nuestro sistema jurídico; y, en esa medida, nada justificará que se pretenda hacer prevalecer para un caso concreto lo dispuesto por una norma de grado inferior frente a otra de jerarquía superior, pues el diseño mismo de nuestro sistema de fuentes implica que las normas inferiores adquieran validez en función de las superiores.
Potestad tributaria en materia arancelaria.
Principio de jerarquía normativa.
Criterio / Resumen
Sumilla: Entre los distintos medios de resolución de antinomias normativas, se reconoce pacíficamente que el criterio de jerarquía –que justamente reconoce el artículo 51 de la Constitución Política del Estado- constituye por excelencia la pauta llamada a definir en modo determinante el conflicto entre dos normas, en la medida que éste representa la esencia misma del sistema piramidal o escalonado bajo el cual se encuentra estructurado nuestro sistema jurídico; y, en esa medida, nada justificará que se pretenda hacer prevalecer para un caso concreto lo dispuesto por una norma de grado inferior frente a otra de jerarquía superior, pues el diseño mismo de nuestro sistema de fuentes implica que las normas inferiores adquieran validez en función de las superiores.