Fecha del acuerdo: 23/09/2003
Resolución de Observancia Obligatoria: RTF Nº 2003-A-05486
Fecha de publicación en El Peruano: 04/11/2003
Nro. de páginas: 5893
Tema de la Sala Plena
Dilucidar si la intendencia de Aduana Marítima del Callao es competente para resolver los recursos de reclamación interpuestos contra las liquidaciones de declaraciones únicas de Aduana formuladas por concepto de IGV, ISC e IPM, generadas en la importación definitiva de mercancías.
Criterio de Observancia Obligatoria
La Intendencia de Aduana Marítima del Callao resulta competente para resolver los recursos de reclamación interpuestos contra las liquidaciones de declaraciones únicas de aduanas formuladas por concepto del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo e Impuesto de Promoción Municipal, generadas en la importación definitiva de mercancías.
Dilucidar si la intendencia de Aduana Marítima del Callao es competente para resolver los recursos de reclamación interpuestos contra las liquidaciones de declaraciones únicas de Aduana formuladas por concepto de IGV, ISC e IPM, generadas en la importación definitiva de mercancías.
Criterio de Observancia Obligatoria
La Intendencia de Aduana Marítima del Callao resulta competente para resolver los recursos de reclamación interpuestos contra las liquidaciones de declaraciones únicas de aduanas formuladas por concepto del Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al Consumo e Impuesto de Promoción Municipal, generadas en la importación definitiva de mercancías.